Magda Zulema Mosri Gutiérrez
Comité de Evaluación del Poder Legislativo Federal / January 2025 (1440 Words, 9 Minutes)
Buenas tardes, bienvenida. ¿Puede darnos su nombre, el cargo al que aspira y de dónde es originaria?
Mi nombre es Magda Zulema Mosri Gutiérrez, aspiro al cargo de Ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y soy originaria de Ciudad Obregón, Sonora, México.
Muy bien, me corresponde a mí hacerle la primera pregunta. Inicio con uno de los temas fundamentales que propiciaron esta reforma fue el descontento de la ciudadanía al no sentir que obtenía justicia, pero de una manera muy subrayada el sentir que la Suprema Corte de Justicia… era algo ajeno totalmente a ellos. Entonces, en ese sentido de ser usted electa como Ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ¿qué considera que pudiera implementar para ir acortando esta distancia de la que se queja la sociedad mexicana?
Sí, claro. Primeramente, es evidente que uno de los objetivos… de la reforma fue acercar a las personas juzgadoras hacia precisamente las y los justiciables y considero primero que se tienen que reforzar para que se garanticen las acciones, para que se garantice el derecho de acceso a la justicia a todas las personas. Si bien es cierto, hay algunas personas que acceden a la justicia, digamos un segmento de la sociedad, lo cierto es que acceder a esta implica ciertas barreras, estructurales, por la ubicación geográfica, por la situación socioeconómica y por la falta de conocimiento. Por supuesto que el primer aspecto es garantizar, generar mecanismos para acceder a la justicia y ya hemos avanzado con mecanismos de justicia itinerante, por un lado, pero también existen otras herramientas tecnológicas para acercar la justicia, para precisamente aprovechar ciertos mecanismos, y no solamente me refiero al tema de la inteligencia artificial, pero implicaría, digamos, infraestructura en todo el país, también el tema de la Defensoría de Oficio.
Estoy convencida que tenemos que recuperar la confianza del pueblo de México, de la nación mexicana en las personas juzgadoras. Siempre he sostenido que, por una parte, es importante la justicia cotidiana, aquella que interesa y afecta a todas las familias de México, me refiero a los temas civiles, penales, mercantiles, en los que definitivamente tenemos que resolver los temas de fondo, y ese es uno de los aspectos que hay una insatisfacción social, porque no se resuelven de fondo los asuntos. Pero también implica, en este aspecto, reforzar nuestro compromiso con los derechos fundamentales, en particular los económicos, sociales, culturales y ambientales. Me refiero a lograr una justicia social, que la persona pertenezca. Y la justicia no solamente es resolver los asuntos o aplicar las herramientas de derechos humanos, sino también la percepción social, como lo decía. Y otro aspecto es lo relativo a también recuperar la confianza también de aquellos que ofrecen fuentes de empleo en el país, porque muchos de estos litigios se están yendo a tribunales internacionales o a aquella justicia que se provee de manera privada, de modo que debemos de… tener claro que tenemos que prepararnos y reivindicarnos con la sociedad.
Yo diría que, a partir de esta reforma, digamos, de la Ley Federal de Remuneraciones, se hizo un llamado a las personas, sobre todo a las personas juzgadoras, para que una forma de recuperar la confianza del pueblo de México, de la nación mexicana, era ajustando los salarios de las remuneraciones ante tanta desigualdad social, en ese momento yo entendí el llamado de México que habría que recuperar la confianza con acciones concretas y, bueno, yo me sometí a este, digamos, mandato que ya estaba en la Constitución General de la República, porque tengo claro que es nuestra guía de actuación.
Muchas gracias. Bien, en ese tenor de la nueva estructura de nuestro sistema de justicia, tenemos un nuevo código de procedimientos civiles familiares y en el último apartado, habla precisamente sobre estos procedimientos internacionales que todos los jueces tendrían que tener muy en cuenta para resolver y, obviamente, para acatar también sentencias de carácter internacional. ¿Qué nos puedes decir al respecto?
Bueno, que esta obligación de las personas juzgadoras de considerar los derechos humanos reconocidos, inclusive en esos instrumentos internacionales, deriva de la reinterpretación que hizo la Suprema Corte de Justicia de la Nación, derivado de la Reforma Constitucional de Derechos Humanos de junio de 2011. A partir de esta reforma se generó un parteaguas en nuestro sistema jurídico y yo me traería como antecedente dos temas fundamentales, porque estamos hablando del código adjetivo para atender y resolver los temas familiares que también involucran a las mujeres. ¿Por qué se dio este cambio en el sistema jurídico mexicano? Primero, derivado de… bueno, ya existían, ya existen, entonces, desde antes, ciertos instrumentos internacionales que nos obligaban, como Estado mexicano, al ser parte del sistema interamericano, a una serie de obligaciones que teníamos que proveer a las personas que estuvieran sujetas a nuestra jurisdicción. Sin embargo, a partir de que México se somete voluntariamente a la jurisdicción contenciosa de la Corte Interamericana, tuvimos dos casos, para no desviarme en eso, que es el caso Rosendo Radilla Pacheco, en Contramedio de México, en el cual se obligó, precisamente, a tomar medidas de diferente tipo para reforzar el compromiso de los derechos humanos, y ahí es donde se genera, digamos, esta modificación al artículo primero constitucional, donde se reconocen los derechos humanos que otorga la Constitución y los tratados internacionales, es decir, se forma un bloque de constitucionalidad, que es una masa homogénea de derechos de agregación permanente constante, y esto es muy importante, porque cuando la Corte reinterpreta en este aspecto el artículo 133 constitucional, nos obliga a todas las autoridades, en el ámbito de nuestra competencia, a hacer control constitucional en primera instancia. En concreto, se modificó el sistema de fuentes del orden jurídico mexicano, tenemos normas de derechos humanos de fuente nacional, las que están reconocidas en la Constitución, que además la jurisprudencia de la Corte también forma parte de este bloque, las normas de derechos humanos de fuente internacional, que también la jurisprudencia de la Corte Interamericana, y otro tema importante, se modificó el presupuesto de validez de las normas jurídicas, es decir, para que una norma jurídica sea válida, ya no era suficiente que pasara por el proceso legislativo, sino que para la validez de la norma teníamos que ver el contenido de la norma.
Ahí empezamos también, por un lado, a hacer este control constitucional, en primera instancia, el difuso extenso y también el control concentrado, que tiene diferencias, pero ahí es lo, con relación al código adjetivo o de procedimientos civiles y familiares, derivado de una sentencia emblemática también de la Corte Interamericana, en el caso de González y otras contra México, mejor conocido como Muertas de Juárez, y después viene Fernández Ortega contra México, Valentina Rosendo Cantú contra México, se establece una serie de obligaciones que, en concreto, nos obligó a capacitarnos para aplicar la perspectiva de género como categoría de análisis en la resolución, de estos asuntos. Entonces, en concreto, en esta reforma, además de obligarnos a aplicar ciertos principios universalmente aceptados, porque somos parte del sistema universal de los derechos humanos, me refiero al principio de interpretación conforme, el principio por persona y también una serie de obligaciones de aplicar ciertos principios en el análisis de los asuntos y generar medidas de remediación cuando haya violaciones. Gracias. Pero de ahí deriva esta obligación reforzada que tenemos las autoridades en estos casos de personas vulnerables de considerar el bloque de la constitucionalidad.
Gracias. Bueno, pues tiene tres minutos para manifestar lo que considere importante como un cierre a esta entrevista. Adelante.
Bueno, yo diría que si bien hemos avanzado en delimitar, en dar contenido a los derechos humanos mediante sentencias con perspectiva de género de derechos humanos, lo cierto es que las sentencias de los tribunales no son suficientes para colmar la expectativa de la sociedad de que haya una mejora en la provisión de los bienes jurídicos o políticos que el Estado está obligado a proveer para que se materialicen los derechos humanos de las personas. Y yo aquí toco este tema porque es importante traer a colación, en su caso, el alcance de las decisiones jurisdiccionales sobre políticas públicas, porque la forma de materializar los derechos o esas abstracciones jurídicas que están en la Constitución para trasladarlas al áspero mundo de la realidad que viven muchas personas es mediante las políticas. Como juzgador, considero que debemos los poderes en un esquema de colaboración y de equilibrios aportar lo que vemos desde la experiencia jurisdiccional para precisamente que sirva, al actor fundamental de las políticas públicas, que es el Ejecutivo, para buscar mecanismos para que el Estado mexicano, que está integrado por los tres poderes, cumpla las funciones y los fines que tiene en el Estado mexicano. Yo solo quiero reiterar que estoy consciente, como servidora de la justicia, de los retos que tenemos cuando se instrumentan reformas como esta, que vienen a generar un parteaguas en nuestro sistema jurídico y que hacen necesario que generen… Tenemos medidas y acciones para que se eleve la eficiencia de la impartición de justicia y responda de manera integral a la explicable demanda de justicia de las personas. Por ello, por último, solo quiero ante este recinto legislativo, la representación del federalismo y también de la representación del pueblo de México, reiterar mi compromiso para que esta labor que realizamos desde la función jurisdiccional, entendiendo el hecho que tenemos que ver a las personas, sobre todo a las personas más vulnerables, esté a la altura de lo que exige la sociedad mexicana.
Muchas gracias. Esté pendiente del siguiente comunicado, que será a través de correo y gracias por sus respuestas.